Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

preclusión de alegaciones

Sublema de preclusión
Proc. Preclusión de la posibilidad de alegar hechos, o fundamentos jurídicos, en una demanda posterior, cuando estos fueran conocidos o pudieran invocarse al tiempo de la demanda anterior.
«Cuando lo que se pida en la demanda pueda fundarse en diferentes hechos o en distintos fundamentos o títulos jurídicos, habrán de aducirse en ella cuantos resulten conocidos o puedan invocarse al tiempo de interponerla, sin que sea admisible reservar su alegación para un proceso ulterior. La carga de la alegación a que se refiere el párrafo anterior se entenderá sin perjuicio de las alegaciones complementarias o de hechos nuevos o de nueva noticia permitidas en esta Ley en momentos posteriores a la demanda y a la contestación» (LEC, art. 400.1).

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