- préstamo denominado en moneda extranjera
- Eur. y Merc. Préstamo inmobiliario denominado en moneda distinta de la del Estado miembro en que reside el prestatario, o de aquella en la que el prestatario en el momento de formalización del contrato tiene los activos o recibe los ingresos con los que reembolsar el préstamo.
Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario, art.4.27).
Sublema de préstamo