Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

potestad para ejecutar sentencias

Sublema de potestad
Adm. Facultad que tienen los tribunales para llevar a su debido cumplimiento las sentencias que dicten.
«En tal sentido debemos partir de la potencialidad del vigente artículo 103.1 de la LRJPAC (sic) —que transforma la potestad de ejecutar las sentencias en potestad jurisdiccional— y, sobre todo, del sentido de la comunicación (artículo 104.1) que —de oficio— y luego de que sea firme la sentencia, el Tribunal (a través del Secretario del mismo) remite al órgano que hubiere realizado la actividad objeto del recurso, a fin de que lleve la sentencia “a puro y debido efecto y practique lo que exija el cumplimiento de las declaraciones contenidas en el fallo» (STS, 3.ª, 29-XII-2010).