Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

potestad de régimen

Sublema de potestad
Can. Capacidad aneja por el derecho divino a los oficios capitales, y participada según el derecho humano por otros oficios y personas, de guiar a los fieles en la Iglesia hacia su fin sobrenatural, especialmente con mandatos y decisiones legislativas, administrativas y judiciales. La potestad eclesiástica de régimen es de institución divina (CIC, c. 129 § 1; CCEO, 979 § 1) y ha sido tradicionalmente llamada potestad de jurisdicción (potestas iurisdictionis).

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