Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

posesión del año y día

Sublema de posesión
Hist. Plazo general de prescripción para la adquisición de la propiedad inmueble durante la Alta Edad Media, consistente en un año y un día, transcurrido el cual no hay posibilidad de ser desalojado jurídicamente de la situación lograda.
Cumple la función de asegurar las donaciones regias hechas con bienes procedentes de confiscaciones, que se hacían irrevocables pasado ese plazo, lo que actuaba como una coacción para que el confiscado aceptase someterse a la voluntad regia recuperando así sus bienes. Pasó al derecho peninsular a través de su recepción en el Fuero de Jaca, desde donde se difunde con gran intensidad, especialmente en las zonas de derecho fronterizo, pero con tendencia a alargarla a dos (Fuero de Sepúlveda) o tres años (Fuero de Parga), con específicas muestras de rechazo (Libro de los fueros de Castiella). Siempre la prueba de la buena fe elimina la acción penal (Perez-Prendes).