Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

posesión promiscua

Sublema de posesión
Civ.; Arg. Posesión ejercida por varias personas simultáneamente y sin impugnación sobre una misma cosa.
Si bien el condómino puede adquirir por usucapión el inmueble del que es titular de parte indivisa, ello es a condición de que la posesión promiscua del principio se convierta en otra exclusiva por interversión del título y durante un lapso de veinte años, lo cual hace concluir el condominio y adquirir la propiedad de la cosa por el transcurso del tiempo (Cámara de Apelaciones de Neuquén, 11/IV/13, sentencia «Bogli Hans c/Palaciones Florencio y otros/posesión veinteañal», expediente n.º 301 072/3).