Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

posesión pacífica

Sublema de posesión
1. Civ. Posesión que no se mantiene por la fuerza o violencia.
CC, art. 1941.
2. Civ. Posesión ajena a cualquier perturbación derivada del ejercicio de una acción reivindicatoria o hipotecaria.
CC, art. 1502.
3. Civ. Situación que se da cuando el arrendador no varía la forma de la cosa arrendada y cuando salvaguarda al arrendatario de los actos jurídicos de terceros que le perturben en su derecho.
CC, arts. 1554 , 1557 y 1560.

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