Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

policía de salubridad y comodidad

Sublema de policía1
Adm. e Hist. Atribución de los ayuntamientos según el artículo 321 de la Constitución de Cádiz.
La instrucción para el gobierno económico y político de las provincias, de 23 de junio de 1813, declaró su municipalización en estos términos: «estando a cargo de los ayuntamientos de los pueblos la policía de salubridad y comodidad, deberán cuidar de la limpieza de las calles, mercados, plazas públicas y la de hospitales, cárceles y casas de caridad o de beneficencia; velar sobre la calidad de los alimentos de toda clase; cuidar de que en cada pueblo haya cementerios convenientemente situados; cuidar asimismo de la desecación o bien de dar curso a las aguas estancadas o insalubres y, por último, de remover todo lo que en el pueblo o en los términos pueda alterar la salud pública o la de los ganados».

Referenciado desde