Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

policía de las aguas

Sublema de policía1
Adm. Actividad de las administraciones hídricas con múltiples manifestaciones en el ámbito de la inspección y control del dominio público hidráulico, la inspección y vigilancia del cumplimiento de las concesiones y autorizaciones, la realización de aforos, la información sobre crecidas y control de calidad de las aguas, la inspección y vigilancia de las obras hidráulicas, la inspección y vigilancia de las explotaciones de todos los aprovechamientos de aguas públicas y la dirección de los servicios de guardería fluvial.
En muchas ocasiones la actividad de policía puede dar lugar a la apertura de procedimientos sancionadores, declaración de caducidad de concesiones, revocación de autorizaciones, etc. En las confederaciones hidrográficas, estas funciones están atribuidas a las comisarías de aguas. TRLA, art. 94.

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