Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

poderdante

Civ. y Proc. Persona que da poder o facultad a otra para que le represente en un juicio, para administrar sus bienes o para actuar en su nombre en cualquier situación.
«El Procurador quedaba obligado, una vez aceptado el poder, a transmitir al Abogado todas las instrucciones que se le remitieran, “haciendo cuanto conduzca a la defensa de su poderdante, bajo la responsabilidad que las leyes imponen al mandatario”, así como, a falta de instrucciones del mandante o insuficiencia de las recibidas, a hacer “lo que requiera la naturaleza o índole del negocio» (STS, 1.ª, 18-II-2005, rec. 3722/1998).

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