Diccionario panhispánico del español jurídico

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poder de ejecución jurisdiccional

Sublema de poder
Proc. Potestad que ostenta la jurisdicción para producir actos coactivos, y que deriva de la obligatoriedad del mandato judicial.
«Tras reproducir un fragmento de la Sentencia de este Tribunal de 27 de octubre de 2004, subraya que la potestad de ejecución corresponde en exclusiva a los órganos judiciales, que no solo son competentes para adoptar todas las medidas posibles para hacerla efectiva, sino para impedir la desobediencia disimulada de los órganos de la Administración, pues, como señala el artículo 103.4 de la LJCA , “serán nulos de pleno derecho los actos y disposiciones contrarios a los pronunciamientos de las sentencias, que se dicten con la finalidad de eludir su cumplimiento» (STS, 3.ª, 2-VI-2012, rec. 3100/2008).