Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

pliego de condiciones de una denominación de origen

1. Adm. y Eur. Documento que acompaña la solicitud de reconocimiento de una denominación de origen y comprende el nombre que desea protegerse, la descripción del producto objeto de la protección, la delimitación de las zonas de producción y de elaboración, las autoridades u organismos encargados de su gestión y control, y las variedades, rendimientos, prácticas y demás pormenores de su producción, elaboración y comercialización.
Reglamento (UE) n.º 1308/2013, de 17-XII, por el que se crea la organización común de mercados de los productos agrarios, arts. 93-110.
2. Adm. Reglamento por el que se rige una denominación de origen.
«Documento normativo que establece los requisitos que debe cumplir un producto procedente de una Denominación de Origen Protegida o Indicación Geográfica Protegida, también denominado “expediente técnico” para las indicaciones geográficas de bebidas espirituosas» (Ley 6/2015, de 12-V, de denominaciones de origen e indicaciones geográficas protegidas de ámbito territorial supraautonómico, art. 3.a).