Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

plenitudo potestatis

1. Int. púb. 'Totalidad del poder'. Elemento de la soberanía del Estado según el cual este ejerce plenamente los poderes estatales, tanto en el orden interno como en sus relaciones con los demás sujetos internacionales.
2. Can. Potestad ordinaria suprema, plena, inmediata y universal que posee el sumo pontífice en la Iglesia y que puede siempre ejercer libremente (CIC, c. 331). El pontífice ostenta también la primacía de potestad ordinaria sobre todas las iglesias particulares y sobre sus agrupaciones, en virtud de su deber de vigilancia sobre todas las Iglesias (CIC, c. 331 § 1).

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