Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

plazo perentorio

Sublema de plazo
Can. Plazo conferido para realizar un acto procesal, de modo que el efecto principal de su inobservancia es que precluye el trámite, pasándose, por el impulso de oficio, al trámite siguiente con pérdida de la posibilidad de realizar el acto.
Su origen puede ser legal o judicial, en función de que venga recogido en la ley o sea otorgado por el juez. Los plazos legales son perentorios e improrrogables.