Diccionario panhispánico del español jurídico

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plazo de prescripción de la acción de responsabilidad civil extracontractual

Civ. Plazo de un año por el que prescribe la acción de responsabilidad civil extracontractual computado desde el día en el que el perjudicado tuvo conocimiento de la existencia del hecho determinante de la responsabilidad.
CC, art. 1968.2. «Es cierto que el accidente ocurrió el día 6 de marzo de 2006 y que la demanda se presentó el 17 de noviembre de 2008, no obstante lo cual esta Sala, en orden a la fijación del dies a quo ha reiterado que, en los casos en que está pendiente la calificación de la invalidez provocada por las lesiones sufridas como consecuencia del mismo, tal día inicial para el cómputo del plazo de prescripción ha de derivarse al momento en que existe un pronunciamiento definitivo sobre dicha cuestión» (STS, 1.ª, 4-II-2015, rec. 1471/2012).