Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

planta móvil

Amb. Instalación de valorización o eliminación destinada a permanecer por un tiempo limitado en un lugar y diseñada para ser desarmada o desmantelada para su traslado.
Ley 10/2008, de 3-XI, de Residuos de Galicia, art. 4.