Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

planta de vivero

Amb. Planta entera o parte de planta destinadas al establecimiento de plantaciones, así como los materiales vegetales no incluidos en la definición de semillas y que se utilicen para la reproducción o multiplicación, incluidos los clones.
Ley 30/2006, de 26-VII, de semillas y plantas de vivero y de recursos fitogenéticos, art. 3.