Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

plaguicida

Amb. Sustancia o ingrediente activo, así como las formulaciones o preparados que contengan uno o varios de ellos, destinados a combatir los agentes nocivos para los vegetales y productos vegetales o prevenir su acción, favorecer o regular la producción vegetal, conservar los productos vegetales, destruir los vegetales indeseables, destruir parte de los vegetales o prevenir un crecimiento indeseable de los mismos, y hacer inofensivos, destruir o prevenir la acción de otros organismos nocivos o indeseables distintos de los que atacan a los vegetales.
Real Decreto 3349/1983, de 30-XI, por el que se aprueba la reglamentación técnico-sanitaria para la fabricación, comercialización y utilización de plaguicidas, art. 2.