Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

pignorante

Civ. Dicho de una persona: Que da en prenda una cosa.
«Concluye su razonamiento la sentencia recurrida diciendo que “Además es necesario hacer constar que corresponde al acreedor pignoraticio la conservación de las letras de cambio recibidas en prenda -Arts. 1094 y 1867 CC - con la diligencia de un buen padre de familia, lo que supone no solo la obligación de velar por la integridad material de las letras, sino también la necesidad de que desarrolle la actividad necesaria para que la letra no se perjudique, respondiendo de la pérdida o deterioros de las letras, lo que supondrá en la práctica que deberá indemnizar al deudor pignorante por los perjuicios que la pérdida o deterioro de las letras de cambio causaren» (STS, 1.ª, 21-VII-2009, rec. 21/2005).