Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

petición irrespetuosa

Sublema de petición
Mil. Infracción disciplinaria leve cometida por el militar que realiza cualquier reclamación o solicitud en términos desconsiderados o prescindiendo de los cauces reglados.
LORDFA, art. 6.7 . «[…] la conducta consistente en “hacer reclamaciones o peticiones en forma o términos irrespetuosos o prescindiendo de los cauces reglados” contiene dos subtipos, el primero sanciona la reclamación o petición realizada en forma o términos ayunos del respeto y buen modo que el militar, conforme a Ordenanza, ha de mantener siempre. El segundo subtipo corrige a quien, prescindiendo de los cauces reglados, hiciera reclamaciones o peticiones […]. Centrándonos en el segundo de los subtipos, aplicado en el supuesto que nos ocupa, conviene analizar el concepto de cauce reglado a la luz del ordenamiento vigente […]. Las Reales Ordenanzas (Real Decreto 96/2009, de 6-II), en su artículo 28, precisan que: “para asuntos del servicio se relacionará con superiores y subordinados por conducto regular según la estructura jerárquica de las Fuerzas Armadas, que será el conducto reglamentario, salvo en los casos que esté establecido uno específico para dirigirse al órgano competente para resolver” y en su artículo 37 (como lo hacía el 47 de las anteriores), exigen a todo militar que ante alguna novedad o noticia que pueda afectar al buen funcionamiento de su Unidad, intentará remediarlo y lo pondrá en conocimiento de sus superiores mediante parte verbal o escrito, según la urgencia e importancia del hecho, cuyo fundamento radica en el conocimiento que los sucesivos Mandos deben tener de las quejas, reclamaciones o peticiones dirigidas a otros superiores, como exigencia ineludible derivada de la disciplina y jerarquización propia de la organización castrense» (STS, 5.ª, 9-V-2011, rec. 8/2011).