Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

personalidad jurídica del Estado

Adm. Capacidad reconocida al Estado para actuar como una persona jurídica.
La idea de la personalidad jurídica del Estado fue enunciada por primera vez en una recensión de Albrecht publicada en 1837. La escuela alemana de derecho público siguió esta doctrina y la convirtió en un criterio de sistematización y organización de todo el derecho público.