Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

perfección del contrato

1. Gral. Momento a partir del cual el contrato vincula a las partes.
2. Adm. En el ámbito de la contratación del sector público, perfección de los contratos mediante su formalización.
LCSP, ar. 36.
3. Civ. Momento a partir del cual las partes no pueden desligarse del contrato.
«Los contratos se perfeccionan por el mero consentimiento y desde entonces obligan no solo al cumplimiento de lo expresamente pactado, sino también a todas las consecuencias que, según su naturaleza, sean conformes a la buena fe, al uso y a la ley» (CC, art. 1258).
4. Merc. Momento en el que se produce el consentimiento y las partes no pueden desligarse de sus obligaciones sin incurrir en incumplimiento contractual.
CCom, arts. 54 y 55.