Diccionario panhispánico del español jurídico

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pensión alimentaria

Sublema de pensión
Civ.; Arg. y C. Rica Cuota alimentaria establecida en cabeza del excónyuge y/o progenitor en favor del otro cónyuge y/o de los hijos cuando así se hubiera establecido en el convenio regulador propuesto en el juicio de divorcio o cuando fuera impuesta por el juez, de conformidad a lo previsto por la ley respecto de la prestación alimentaria.
Ley 7654, de Pensiones Alimentarias, de Costa Rica, art. 1. CCCN, arts. 432, 439, 537, 544, 586, 658 y concordantes.

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