Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

pena aplicable a las personas jurídicas

Sublema de pena
Pen. Sanción penal prevista por el legislador para imponer a una persona jurídica por la comisión de un hecho delictivo. Sus clases son: multa por cuotas o proporcional, disolución, suspensión de sus actividades, clausura de sus locales y establecimientos, prohibición de realizar en el futuro las actividades en cuyo ejercicio se haya cometido, favorecido o encubierto el delito, inhabilitación para obtener subvenciones y ayudas públicas, para contratar con el sector público y para gozar de beneficios e incentivos fiscales y de la Seguridad Social, e intervención judicial.
CP, art. 33.7.