Diccionario panhispánico del español jurídico

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peligro de muerte

Sublema de peligro
Can. Situación que amplía las facultades de los ministros para celebrar válidamente los sacramentos, reduciéndose también a lo estrictamente necesario las condiciones exigidas para su recepción.
Por ejemplo, la excepción prevista en el CIC, c. 844 § 2: «En caso de necesidad, o cuando lo aconseje una verdadera utilidad espiritual, y con tal de que se evite el peligro de error o de indiferentismo, está permitido a los fieles a quienes resulte física o moralmente imposible acudir a un ministro católico, recibir los sacramentos de la penitencia, Eucaristía y unción de los enfermos de aquellos ministros no católicos, en cuya Iglesia son válidos esos sacramentos». El derecho canónico distingue el peligro de muerte del supuesto in articulo mortis, que contempla una situación más extrema, previa al deceso.