Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

peligro

Adm. Capacidad intrínseca de una sustancia o potencialidad de una situación física para ocasionar daños a las personas, los bienes y al medioambiente.
Real Decreto 840/2015, de 21 de septiembre, por el que se aprueban medidas de control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas, art. 3; Real Decreto 1695/2012, de 21-XII, por el que se aprueba el Sistema Nacional de Respuesta ante la contaminación marina, art. 2.

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