Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

peatón, na

Adm. Persona que, sin ser conductor, transita a pie por las vías o terrenos aptos para la circulación. Se considera también peatón la persona que empuja o arrastra un coche de niño, de impedido o cualquier otro vehículo sin motor de pequeñas dimensiones, el que conduce a pie un ciclo o ciclomotor de dos ruedas y el impedido que circula al paso en una silla de ruedas con motor o sin él.
«Salvo en los casos y en las condiciones que reglamentariamente se determinen, queda prohibida la circulación de peatones por autopistas» (TRLTSV, art. 49.3 y anexo I, 4).

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