Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

patrono estable

Sublema de patrono
Can. Persona que ejerce la función de abogado o procurador, sobre todo en las causas matrimoniales, a favor de las partes que libremente prefieran designarlo; este patrono estable recibe sus honorarios del mismo tribunal.
Se sugiere, el Código no lo impone (CIC, c. 1490), la existencia de estos patronos estables en todo tribunal, en la medida de lo posible, que operan junto a los abogados privados. El patrono estable no desempeña una función pública sino privada de representación o defensa de la parte. Debe el patrono tener la estabilidad en el oficio para asegurar un mínimo de autonomía en el ejercicio de sus funciones.