Diccionario panhispánico del español jurídico

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patronato regio

Sublema de patronato
Can. Modalidad especial del derecho de patronato. El patronato fue utilizado por los señores temporales como una forma de control, en su propio beneficio, de la dirección jerárquica de la Iglesia. Cuando tal derecho, sin perder su condición señorial, fue asumido también por los monarcas, recibió el nombre de patronato regio.
El núcleo central del derecho de patronato fue la designación de los cargos eclesiásticos por parte del poder secular. El problema central en el caso de reyes y príncipes fueron las designaciones episcopales. Al cabo de siglos, el patronato regio se configuró fundamentalmente como un derecho de presentación de las personas que habían de cubrir los cargos eclesiásticos.