Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

patrimonio de las administraciones públicas

Sublema de patrimonio
Adm. Conjunto de los bienes y derechos de las administraciones públicas, cualquiera que sea su naturaleza y el título de su adquisición o aquel en virtud del cual les hayan sido atribuidos.
LPAP, art. 2. «No se entenderán incluidos en el patrimonio de las Administraciones públicas el dinero, los valores, los créditos y los demás recursos financieros de su hacienda ni, en el caso de las entidades públicas empresariales y entidades análogas dependientes de las comunidades autónomas o corporaciones locales, los recursos que constituyen su tesorería» (LPAP, art. 3).

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