- pasar en autoridad de cosa juzgada
- Proc. Adquirir una resolución fuerza de cosa juzgada.«Es tradicional en nuestro ordenamiento jurídico-procesal la expresión “pasar en autoridad de cosa juzgada”, como vinculada a la “firmeza” de la sentencia, expresión hoy recogida en el
artículo 207.3 de la Ley de Enjuiciamiento Civil cuando señala que “las resoluciones firmes pasan en autoridad de cosa juzgada y el tribunal del proceso en que hayan recaído deberá estar en todo caso a lo dispuesto en ellas”» (STS, 3.ª, 2 de junio de 2010, rec. 588/2008).