- pasajero en conexión
- Adm. y Eur. Pasajero que, desembarcando en un aeropuerto tras un vuelo, vuelve a embarcar con el mismo billete y en el mismo aeropuerto, en un plazo máximo de doce horas, al objeto de realizar un nuevo trayecto con un número de vuelo diferente y destino distinto al de origen.
Ley 21/2003 , de 7-VII, de Seguridad Aérea, art. 72.
Sublema de pasajero