Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

participación recíproca

Sublema de participación
Merc. Participación de dos sociedades anónimas o de responsabilidad limitada que recíprocamente poseen una participación cada una de ellas en el capital de la otra.
Este tipo de participación está prohibida cuando exceda del diez por ciento de la cifra de capital de las sociedades participadas. LSC, art. 151.

Referenciado desde