Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

participación en programas formativos

1. Pen. Obligación que puede imponerse al reo condenado a una pena privativa de libertad cuya ejecución ha sido suspendida, de participar en programas formativos, laborales, culturales, de educación vial, sexual, de defensa del medioambiente, de protección de los animales, de igualdad de trato y no discriminación, y otros similares.
CP, art. 83.1.6.ª.
2. Pen. Una de las conductas que pueden imponerse en ejecución de la medida de libertad vigilada.
CP, art. 106.1 j).