- parte1
- 1. Civ. Cada una de las personas que contratan entre sí o que tienen participación o interés en un mismo negocio.2. Proc. Persona física o jurídica que interviene en el proceso judicial, la que demanda y frente a la que se demanda.3. Can. Sujeto que pretende o frente al que se pretende una tutela jurisdiccional concreta, debiendo aceptar el pronunciamiento judicial y asumir los derechos, responsabilidades y cargas que se deriven del mismo.Las partes son el factor subjetivo decisivo del proceso. Es imprescindible determinar su estatuto jurídico precisando los derechos y deberes que configuran esencialmente su posición.