Diccionario panhispánico del español jurídico

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parentesco legal

Sublema de parentesco
Can. Parentesco que proviene de la institución civil de la adopción. El parentesco legal surge entre dos personas debido a un vínculo paternofilial a semejanza del parentesco natural.
El CIC de 1983 se refiere a la institución de la adopción por primera vez, estableciendo un parentesco semejante al de consanguinidad, que el CIC de 1917 no hacía. La legislación canónica se separa de la civil y opta por una regulación autónoma al establecer un impedimento matrimonial entre el adoptante y el adoptado (CIC, c. 1094). El CCEO no contiene un precepto similar sobre la adopción, sin embargo alude al parentesco legal cuando establece el impedimento matrimonial (c. 812).