Diccionario panhispánico del español jurídico

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paralelismo

1. Eur. Doctrina elaborada por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en el ámbito de las competencias exteriores según la cual la UE dispone de competencias para celebrar un acuerdo internacional en una determinada materia si las posee para adoptar normas internas y resulta necesaria su conclusión para alcanzar alguno de los objetivos de la Unión. También conocida como doctrina AETR o de las competencias exteriores implícitas.
TFUE, art. 216. «[…] cada vez que la Comunidad, con el fin de aplicar una política común prevista por el Tratado, adopta disposiciones que establecen normas comunes, en la forma que sea, los Estados miembros ya no tienen la facultad (…) de contraer con Estados terceros obligaciones que afecten a dichas normas» (STJCE, 31-III-1971, asunto 22/70, FJ 17).
2. Int. priv. Criterio atributivo de jurisdicción o competencia procesal internacional al tribunal del país cuyo derecho resulta aplicable al caso controvertido.

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