Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

parador

Gral. Establecimiento donde se prestan servicios de hostelería.
«En el caso presente es evidente que el vocablo parador tiene un valor genérico en relación a los servicios propios de hostelería, siendo comúnmente utilizado para designar la especie de dichos servicios de hostelería, alojamiento o industria de hospedaje o servicios de comida» (STS, 3.ª, 6-VII-2004, rec. 1433/2001).

Sublemas