Diccionario panhispánico del español jurídico

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paisaje cultural

Sublema de paisaje
1. Adm. Parte específica del territorio, formada por la combinación del trabajo del hombre y de la naturaleza, que ilustra la evolución de la sociedad humana y sus asentamientos en el espacio y el tiempo, y que ha adquirido valores reconocidos socialmente a distintos niveles territoriales, gracias a la tradición, la técnica o a su descripción en la literatura y obras de arte.
Ley de Cantabria 11/1998, de 13-X, art. 49.5.d).
2. Adm. Porción de territorio rural, urbano o costero donde existan bienes integrantes del patrimonio cultural que por su valor histórico, artístico, estético, etnográfico, antropológico, técnico o industrial e integración con los recursos naturales o culturales merezca planificación especial.
Ley de la Región de Murcia 4/2007, de 16-III, art. 34.g).