Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

pagaré

Gral. Título de valor que contiene una promesa del librador de pagar una cantidad determinada a otra persona o a su orden, en el lugar y fecha determinados en el mismo.
Ley 19/1985, de 16-VII, Cambiaria y del Cheque, art. 94. Para su validez deberá contener: 1) La denominación de pagaré inserta en el texto mismo del título y expresada en el idioma empleado para la redacción de dicho título; 2) La promesa pura y simple de pagar una cantidad determinada en euros o moneda extranjera convertible admitida a cotización oficial; 3) La indicación del vencimiento; 4) El lugar en que el pago haya de efectuarse; 5) El nombre de la persona a quien haya de hacerse el pago o a cuya orden se haya de efectuar; 6) La fecha y el lugar en que se firme el pagaré; y 7) La firma del que emite el título, denominado firmante.

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