- padrón municipal
- Adm. Registro administrativo, a cargo del ayuntamiento, donde constan los vecinos de un municipio.
LRBRL, art. 16. Sus datos constituyen prueba de la residencia en el municipio y del domicilio habitual del mismo. Las certificaciones que de dichos datos se expidan tienen carácter de documento público y fehaciente para todos los efectos administrativos. La inscripción en el padrón municipal solo surte efecto por el tiempo que subsista el hecho que la motivó y debe ser objeto de renovación periódica cada dos años cuando se trate de la inscripción de extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente.
Sublema de padrón