Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

pacto

1. Adm. En la función pública, resultado de la negociación colectiva.
Son pactos los que se celebran sobre materias que corresponden estrictamente al ámbito de competencia del órgano que los suscribe. Son acuerdos los que versan sobre materias de la competencia de los órganos de gobierno de las administraciones públicas y deben ser aprobados por ellos. TREBEP, art. 38.
2. Civ. Acuerdo de voluntades por el que dos o más personas o entidades conciertan o convienen en asumir determinadas obligaciones y derechos comprometiéndose a cumplir lo estipulado.
CC, art. 1255.
3. Gral. Estipulación, cláusula o condición de un acuerdo global o contrato.
4. Int. púb. Sinónimo de tratado o convención, denominación genérica de la que constituye una expresión particular.
Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, hecho en Nueva York el 19-XII-1966.

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