Diccionario panhispánico del español jurídico

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pabellón

1. Int. priv., Int. púb. y Merc. Bandera nacional que un Estado tiene derecho a usar en las relaciones internacionales y para identificar a sus aeronaves y buques de guerra o de Estado, y que determina en particular la nacionalidad de las aeronaves civiles y buques mercantes u otros autorizados a usarlo.
«Los buques navegarán bajo el pabellón de un solo Estado» (CNUDM, art. 92.1); Ley 39/1981, de 28-X, por la que se regula el uso de la bandera de España y el de otras banderas y enseñas, art. 3.5; Ley 14/2014, de 24-VII, de Navegación Marítima, arts. 88 y sigs.; Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas, de 18-IV-1961, art. 20; Convención de Viena sobre Relaciones Consulares, de 24-IV-1963, art. 29).
2. Adm. Vivienda que la Dirección General de la Guardia Civil cede en uso como alojamiento habitual al guardia civil, al militar que esté en ella destinado o a la persona que en virtud de nombramiento desempeñe alguno de los cargos determinados en la orden por la que se regulan los pabellones oficiales en la Guardia Civil.
OG n.º 5, de 19-V, de la Dirección General de la Guardia Civil, art. 3.

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