Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

oído

Adm. Expresión utilizada en disposiciones o resoluciones administrativas para indicar que ha sido cumplido el trámite preceptivo de solicitar informe de un órgano consultivo, especialmente del Consejo de Estado, aunque no se siga su criterio por no ser vinculante en el caso.
«Las disposiciones y resoluciones sobre asuntos informados por el Consejo expresarán si se acuerdan conforme con el dictamen del Consejo de Estado o se apartan de él. En el primer caso, se usará la fórmula “de acuerdo con el Consejo de Estado”; en el segundo, la de “oído el Consejo de Estado» (Ley Orgánica del Consejo de Estado, art. 2.2).