Diccionario panhispánico del español jurídico

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Organización Internacional del Trabajo (OIT)

Sublema de organización
Int. púb. y Lab. Organismo especializado de la ONU, creado por el Tratado de Versalles de 1919, que promueve los derechos laborales y la protección social, especialmente a través de la elaboración de convenios internacionales y de las funciones de control que tiene atribuidas, pudiendo recibir reclamaciones y quejas. Se singulariza por su estructura tripartita, compuesta de representantes de los Gobiernos de los Estados miembros, sus sindicatos y sus organizaciones empresariales más representativas. Su sede está en Ginebra (Suiza).
La OIT establece las normas internacionales del trabajo, promueve los derechos en el trabajo, y favorece la creación de oportunidades de empleo decente, la mejora de la protección social y el fortalecimiento del diálogo sobre las cuestiones relacionadas con el trabajo. Su estructura única reúne a representantes de gobiernos, empleadores y trabajadores. Constitución de la OIT, de 1919.

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