Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

Organismo de Investigación Judicial (OIJ)

Sublema de organismo2
Pen. y Proc.; C. Rica Ente del Poder Judicial, auxiliar de los tribunales penales y del Ministerio Público.
Tiene como funciones: recibir denuncias, conservar el sitio de los sucesos, elaborar exámenes, inspecciones, planos, fijaciones gráficas y detener a presuntas personas culpables. Sus actividades se enmarcan en tres áreas: investigativa y policial, médica forense y de ciencias forenses. Ley Orgánica del Organismo de Investigación Judicial (OIJ), Ley n.° 5524, n.º 1.

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