- ordenamiento jurídico internacional
- Const. El ordenamiento jurídico general comprende también otros secundarios o subsistemas normativos. El primer ordenamiento externo a la Constitución es el internacional. Cuando los tratados contienen estipulaciones contrarias a la Constitución no pueden celebrarse sin una modificación previa de la misma.CE, art. 95.1.
Sublema de ordenamiento jurídico