Diccionario panhispánico del español jurídico

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ordenamiento de Cortes

Hist. Durante el derecho común, texto de carácter legal promulgado por el rey con motivo de una convocatoria de Cortes.
Desde el Ordenamiento de Alcalá de 1348 en Castilla tiene rango superior al resto de las normas tanto de carácter local como territorial. Los hay de estructura y características muy diferentes, siendo algunos sobre temas monográficos (por ejemplo, los ordenamientos de posturas, que son los que tratan sobre tasación de precios, como el de las Cortes de Jerez de 1268; ordenamientos sobre menestrales, como el de Valladolid de 1351; ordenamientos sobre temas eclesiásticos, sobre administración de justicia, etc.), que son generalmente otorgados directamente por el rey en Cortes; otros son ordenamientos comprensivos de un gran número de temas, en un intento de sistematizar el derecho existente (como el Ordenamiento de Alcalá de 1348 o las Leyes de Toro de 1505, promulgadas a consecuencia de una petición de Cortes); otros son ordenamientos particulares dados para una sola localidad; también hay ordenamientos con una variada temática, gran parte de los cuales son ordenamientos otorgados a partir de los cuadernos de peticiones de cada una de las Cortes (en este caso se denominaron ordenamiento de peticiones), etc. También se denominó cuaderno de Cortes. Se conservan gran parte de ellos y han sido publicados y digitalizados.

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