Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

orden de orientación y supervisión

Sublema de orden
Pen. y Proc.; Bol. y C. Rica Mandamiento o prohibición impuesta por el juez o la jueza penal juvenil para regular el modo de vida de los menores de edad, así como promover y asegurar su formación.
En Costa Rica, «el Juez Penal Juvenil podrá imponer las siguientes órdenes de orientación y supervisión: 1.- Instalarse en un lugar de residencia determinado o cambiarse de él. 2.- Abandonar el trato con determinadas personas. 3.- Eliminar la visita a bares y discotecas o centros de diversión determinados. 4.- Matricularse en un centro de educación formal o en otro cuyo objetivo sea enseñarle alguna profesión u oficio. 5.- Adquirir trabajo. 6.- Abstenerse de ingerir bebidas alcohólicas, sustancias alucinógenas, enervantes, estupefacientes o tóxicos que produzcan adicción o hábito. 7.- Ordenar el internamiento del menor de edad o el tratamiento ambulatorio en un centro de salud, público o privado, para desintoxicarlo o eliminar su adicción a las drogas antes mencionadas» (Ley de Justicia Penal Juvenil, de Costa Rica, n.º 7576, publicada el 30-IV-1996, art. 121).