Diccionario panhispánico del español jurídico

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oposición de tercero

Sublema de oposición2
Can. Recurso recogido en el Codex Iuris Canonici de 1917, c. 1989: «Si la sentencia definitiva perjudica los derechos de otros, cábeles a estos el remedio extraordinario llamado oposición de tercero, en virtud del cual los que temen ser perjudicados en sus derechos por la sentencia pueden impugnarla y oponerse a ella antes de su ejecución».
Es una antigua institución que tiene su origen en las decretales y que no se incluye en el nuevo CIC de 1983. Se pensó colocar este recurso junto a la restitutio in integrum (cc. 1445 § 1, 1460 § 2, 1465, 1645 y 1646), pero al final acabó desapareciendo del nuevo código. Se puede pensar que se estimó que ya se otorgaba suficiente tutela procesal al tercero con la amplia admisión de la intervención del tercero voluntaria en cualquier instancia que se ofrecía en el Código.